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Será turnada a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social

Redacción Los Conjurados

La Comisión de Cultura y Cinematografía en la Cámara de Diputados avaló la iniciativa presentada por la Diputada Federal Genoveva Huerta Villegas, con la finalidad de reconocer los derechos laborales de las personas trabajadoras del arte y la cultura, por lo que propone reformar y adicionar la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social.

De manera unánime dicha iniciativa obtuvo la opinión favorable de los integrantes de la Comisión de Cultura y Cinematografía, para ser turnada a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social.

En este sentido, el presidente de esta comisión, Carlos Francisco Ortiz Tejeda, señaló:

“Nosotros hemos estado trabajando porque el cumplimiento de un derecho, vaya más allá de una gratitud hacía los trabajadores del arte y la cultura”.

Por su parte, la diputada María Eugenia Hernández, indicó que dicha iniciativa es:

“una forma de reivindicación de los trabajadores de la cultura y el arte. Se trata de una antigua exigencia del sector artístico y cultural, sobre todo de quienes no tienen acceso a los grandes proyectos y escenarios artísticos, quienes viven modesta y precariamente del ejercicio de esta vocación”.

Finalmente, la diputada y cantante Janine Quijano Tapia expresó a nombre del gremio:

“Siendo parte del mundo artístico, con 30 años de experiencia, cuando no tienes ningún apoyo o seguridad para el día que ya no puedas hacer el uso de tu voz o seguir realizando las actividades artísticas, quedamos siempre al olvido. Hay personas y artistas que terminan muriendo solas, sin ninguna seguridad social. Por eso esta iniciativa es muy importante (…) por primera vez podemos ser escuchados y tener los mismos derechos que cualquier trabajador mexicano”.

Entre las propuestas de la reforma presentada por la Diputada Genoveva Huerta destaca una adición en el Capítulo XI de la Ley Federal del Trabajo, cuyo título vigente lleva por nombre “Trabajadores actores y músicos”, en el artículo 304. En esta, además de los mencionados en el título, se estípula que “artistas, creadores o gestores culturales, poetas, escritores, pintores, escultores, cineastas, fotógrafos, bailarines, teatreros, artesanos y demás personas que crean obras de arte o que participan en su recreación” están sujetos a las disposiciones de dicho capítulo.

“El trabajo de las personas trabajadoras de la cultura y el arte deberá fijarse mediante contrato por escrito, de conformidad con la legislación nacional o con convenios colectivos”, se propone.

Por otro lado, a la Ley del Seguro Social, en el artículo 13, se especifica que voluntariamente podrán ser sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio los trabajadores en industrias familiares y los independientes, como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos y trabajadores no asalariados.