Desde el 9 de enero de 2026, en México es obligatorio registrar todas las líneas de telefonía móvil —prepago y pospago, con SIM física o eSIM— en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), también conocido como Registro de Usuarios de Telefonía Móvil, medida regulada por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT).
El objetivo del padrón es combatir delitos como extorsiones, fraudes y secuestros digitales, al eliminar el uso de líneas anónimas. Para ello, cada número telefónico debe quedar vinculado a la identidad de una persona titular, mediante una identificación oficial con fotografía (INE, pasaporte o documento válido) y la CURP.
¿A quiénes aplica y cómo se realiza?
El registro aplica a todas las compañías de telefonía móvil que operan en el país, entre ellas Telcel, AT&T, Movistar, Bait y otras.
Líneas nuevas (contratadas a partir del 9 de enero de 2026):
El registro se realiza al momento de la activación, generalmente mediante un SMS con enlace o instrucciones directas del operador.
Líneas ya existentes (activadas antes del 9 de enero):
Los usuarios tienen hasta el 30 de junio de 2026 para completar el trámite.
El proceso es gratuito y puede realizarse en línea (aplicación o portal del operador) o de manera presencial en centros de atención. En muchos casos se solicita una selfie o prueba de vida para validación biométrica. Cada persona física puede registrar hasta 10 líneas.
En el caso de personas extranjeras, el registro se hace con pasaporte vigente y, cuando aplique, CURP temporal.
¿Qué pasa si no registras tu línea?
A partir del 1 de julio de 2026, las líneas que no estén registradas serán suspendidas temporalmente. Esto implica que:
Solo podrán realizar llamadas al 911, a números de atención ciudadana y al portal del operador.
No se permitirá hacer llamadas normales, enviar SMS ni usar datos móviles.
El número no se pierde y el servicio se restablece una vez que el usuario complete el registro.
Consulta y protección de datos
Desde el 7 de febrero de 2026, estará disponible un portal de consulta para que los usuarios puedan verificar qué líneas están asociadas a su CURP (o RFC, en el caso de empresas).
Las autoridades aclararon que no es obligatorio contar con CURP biométrica —la CURP estándar es suficiente— y que los datos no se concentran en una base gubernamental, sino que permanecen resguardados por los operadores, bajo la Ley de Protección de Datos Personales.
La CRT exhortó a la población a verificar con su compañía telefónica el estatus de sus líneas y realizar el trámite con anticipación para evitar suspensiones, subrayando que el padrón busca fortalecer la seguridad sin afectar los derechos de los usuarios.









